El gobierno de la provincia de Santa Fe dió a conocer una serie de medidas para los sectores comerciales mas afectados por la pandemia
A través de la Secretaría de Comercio Interior, el gobierno provincial anunció medidas económicas para los sectores del comercio que más se han visto afectados en los últimos meses por las medidas sanitarias adoptadas para mitigar el imparto de la segunda ola de contagios de coronavirus.
Para los gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, pilates, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, transportes escolares, salones privados de eventos, escuelas de conducción, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, complejos turísticos, gastronómicos y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la provincia de Santa Fe (las cuales se establecerán a partir de un listado que confeccionará la Secretaria de Turismo y Transporte); pagarán a valor histórico, sin intereses de actualización o mora, las liquidaciones de servicios con vencimiento a partir del 17 de mayo 2021 y hasta el 31 de julio 2021, sean éstos de facturación mensual o bimestral (Pequeñas Demandas o Grandes Demandas).
Con respecto a la facturación para grandes demandas, usuarios con actividad: hotelera, gastronómicos, salones de eventos y clubes, se le facturará sólo la potencia registrada en los “períodos de consumo” de los meses de mayo, junio y julio del año 2021. Para las cadenas de franquicias gastronómicas (multisuministros) el beneficio tendrá un tope máximo en pesos de $100.000, agrupando todos los suministros. Quedando exceptuados de estos beneficios, los casinos y salas de Juego.
Para los suministros de consorcios de galerías comerciales y locales que la componen, sector no amparado por medidas de contención adoptadas previamente, se los incluirá en los beneficios otorgados a los usuarios alcanzados por el Decreto 283-2020 del gobierno provincial: pago a valor histórico de las facturas con vencimiento a partir de abril 2020 hasta junio 2020 y además, para los grandes usuarios, se dispondrá sólo la facturación de la potencia registrada en los meses de abril a junio del año 2020.
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